Artículo 94.- La persona titular de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia se renovará cada dos años, de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación, y posteriormente en orden de prelación, observando en todo momento la alternancia atendiendo al principio de paridad de género.
La persona Titular de la Magistratura que ocupe la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, será considerada como persona Titular del Poder Judicial del Estado de Morelos.