ARTÍCULO 24.- La Capital del Estado de Nayarit, es la ciudad de Tepic, y en ella residirán habitualmente los Poderes del mismo.
Artículo 24
TITULO SEGUNDO · CAPITULO I DE LA DIVISIÓN DEL PODER PÚBLICO
Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.
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