Constitución Política del Estado de Sinaloa · Sinaloa
Artículo 72
TITULO IV · CAPITULO III DEL PODER EJECUTIVO
Art. 72. Las Secretarías y demás organismos y dependencias de la Administración Pública Estatal o Paraestatal están constituidos por las dependencias que se establezcan de acuerdo con el Reglamento y Disposiciones Generales que se emitan por el Titular del Poder Ejecutivo, los que fijarán las atribuciones y facultades de los mismos.
(ADICIONADO, P.O. 16 DE ABRIL DE 2021)
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de febrero de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: scjn.gob.mx.
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