Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 15

TITULO II DE LOS DERECHOS HUMANOS · CAPITULO I PRINCIPIOS GENERALES

ARTICULO 15.- Los derechos humanos tienen aplicación y eficacia directa y vinculan a los poderes públicos. (REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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