Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Veracruz

Artículo 51

TÍTULO SEGUNDO · CAPÍTULO III DEL PODER EJECUTIVO

Artículo 51. Los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública, comparecerán ante el Congreso, a convocatoria expresa de éste, por conducto del Gobernador, para dar cuenta del estado que guardan las 56 dependencias y entidades a su cargo, así como cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades.

(REFORMADA, G.O. 3 DE FEBRERO DE 2000)

SECCIÓN SEGUNDA

DEL MINISTERIO PÚBLICO

(REFORMADO, G.O. 9 DE ENERO DE 2015)

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de diciembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: scjn.gob.mx.

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