Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 128

TÍTULO V DEL MUNICIPIO LIBRE · CAPÍTULO QUINTO DEL GOBIERNO MUNICIPAL

Artículo 128. La Presidenta o el Presidente Municipal tendrá a su cargo la representación del Gobierno del Municipio y la ejecución de las resoluciones del Ayuntamiento.

Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

La Síndica o el Síndico municipal asumirá la representación jurídica en los juicios en que el Ayuntamiento sea parte. A falta o negativa de la Síndica o del Síndico, tal personería recaerá en la Presidenta o el Presidente Municipal. Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

Página 108 TÍTULO VI DEL SISTEMA ECONÓMICO DEL ESTADO Y DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN

Título reformado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128)

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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