Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Zacatecas
Artículo 73
TÍTULO IV DE LOS PODERES DEL ESTADO · CAPÍTULO SEGUNDO DEL PODER EJECUTIVO
Artículo 73. La Gobernadora o el Gobernador representa al Estado ante la Federación y sus partes integrantes; es la persona titular del Ejecutivo y de la Administración Pública. Sus facultades son delegables solamente en los casos previstos por esta Constitución y sus leyes reglamentarias.
Artículo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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