Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 602

TITULO DECIMO · CAPITULO VIII De la Modificación de las Actas del Estado Civil

ARTICULO 602.- Es juez competente para conocer de estos juicios, el de Primera Instancia de la comprensión en que pasó el acta.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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