Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 227

TÍTULO QUINTO ACTOS PREJUDICIALES · CAPÍTULO I MEDIOS PREPARATORIOS DEL JUICIO EN GENERAL

Art. 227.- La acción que puede ejercitarse conforme a las fracciones II, III y IV del artículo 222 procede contra cualquiera persona que tenga en su poder las cosas que en ellas se mencionan.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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