Art. 433.- Con la petición sobre tachas se formará incidente, que se tramitará por cuaderno separado, reservándose la resolución para la sentencia definitiva.
Artículo 433
TÍTULO SEXTO DEL JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO X DE LA PRUEBA TESTIMONIAL
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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