Art. 458.- El documento que una parte presenta, prueba plenamente en su contra, aunque la otra parte no lo reconozca.
Artículo 458
TÍTULO SEXTO DEL JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO XII DEL VALOR DE LAS PRUEBAS
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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