ARTÍCULO 303. La compulsa de documentos existentes en Distrito Judicial distinto al en que se siga el juicio, se practicará mediante exhorto o despacho que dirija el juzgado de los autos al del lugar en que aquéllos se encuentran.
Artículo 303
TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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