ARTÍCULO 360. Las fotografías, copias fotostáticas y demás pruebas científicas y tecnológicas quedan a la prudente calificación del juez o jueza, en la inteligencia de que las copias fotostáticas sólo harán fe cuando estén certificadas.
Artículo 360
TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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