ARTÍCULO 1123.
Normas supletorias del juicio sucesorio especial. 315
Los preceptos de este Título podrán aplicarse supletoriamente en el trámite de los juicios sucesorios especiales, cuando ello fuere necesario.
TITULO SEGUNDO Juicios sucesorios · CAPÍTULO OCTAVO Juicio sucesorio especial
ARTÍCULO 1123.
Normas supletorias del juicio sucesorio especial. 315
Los preceptos de este Título podrán aplicarse supletoriamente en el trámite de los juicios sucesorios especiales, cuando ello fuere necesario.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.