Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1195

TITULO UNICO Del procedimiento en los negocios de la competencia de los juzgados letrados y de los de · CAPÍTULO QUINTO Ejecución de las sentencias dictadas por los jueces letrados

ARTÍCULO 1195.

Resolución de cuestiones incidentales.

Las cuestiones incidentales que se susciten ante los jueces letrados, se resolverán juntamente con la principal, a menos que por su naturaleza sea forzoso decidirlas antes, o que se promuevan después de la sentencia; pero en ningún caso se formará artículo, sino que se decidirán de plano.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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