Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 147

TÍTULO TERCERO Actos procesales · CAPÍTULO PRIMERO De los distintos tipos de actos procesales

ARTÍCULO 147.

Documentación de los actos procesales. 41

Todo acto procesal debe documentarse, según las normas del presente Código para su validez y conservación, salvo disposición expresa en contrario.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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