Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 15

CAPÍTULO SEGUNDO Aplicación e interpretación de las normas procesales

ARTÍCULO 15.

Ámbito espacial y material de aplicación.

Las disposiciones de este código se aplicarán a los procesos y procedimientos civiles, y a los familiares en cuanto los complementen, que se tramiten y resuelvan ante los órganos del Poder Judicial del Estado de Coahuila.

En dichos procesos y procedimientos deberán respetarse las leyes, los tratados y convenciones internacionales en vigor, según lo ordena el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El procedimiento civil será de estricto Derecho.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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