Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 304

TÍTULO SÉPTIMO El litigio · CAPÍTULO ÚNICO Composición del litigio

ARTÍCULO 304.

Proceso sin litigio.

Cuando las partes estén de acuerdo respecto a la producción de un efecto jurídico, pero la ley no consienta que se produzca sin resolución de la autoridad judicial, deberán solicitar la intervención de ésta.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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