Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 387

TÍTULO PRIMERO Fase expositiva: demanda, emplazamiento y · CAPÍTULO PRIMERO

ARTÍCULO 387.

Retiro y modificación de la demanda.

El actor podrá modificar o retirar su demanda antes de que haya sido emplazado el demandado.

Una vez que el emplazamiento se ha efectuado, la demanda no puede modificarse o alterarse, salvo en los casos en que la ley expresamente lo permita.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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