Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 387
TÍTULO PRIMERO Fase expositiva: demanda, emplazamiento y · CAPÍTULO PRIMERO
ARTÍCULO 387.
Retiro y modificación de la demanda.
El actor podrá modificar o retirar su demanda antes de que haya sido emplazado el demandado.
Una vez que el emplazamiento se ha efectuado, la demanda no puede modificarse o alterarse, salvo en los casos en que la ley expresamente lo permita.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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