Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 421

TÍTULO TERCERO Fase probatoria · CAPÍTULO PRIMERO Reglas generales

ARTÍCULO 421.

Hechos excluidos de prueba.

No requerirán prueba:

I. Los hechos notorios.

II. Los hechos negativos, a menos que la negación: a) Envuelva la afirmación expresa de un hecho concreto susceptible de prueba. b) Desconozca la presunción legal que tenga a su favor la contraparte. c) Desconozca la capacidad de alguna de las partes.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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