Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 421
TÍTULO TERCERO Fase probatoria · CAPÍTULO PRIMERO Reglas generales
ARTÍCULO 421.
Hechos excluidos de prueba.
No requerirán prueba:
I. Los hechos notorios.
II. Los hechos negativos, a menos que la negación: a) Envuelva la afirmación expresa de un hecho concreto susceptible de prueba. b) Desconozca la presunción legal que tenga a su favor la contraparte. c) Desconozca la capacidad de alguna de las partes.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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