Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 442

TÍTULO TERCERO Fase probatoria · CAPÍTULO CUARTO

ARTÍCULO 442.

Confesión de varios absolventes.

Si fueren varios los que hayan de absolver posiciones al tenor de un mismo pliego, las declaraciones se recibirán en la misma audiencia, pero en forma separada, evitando que los absolventes se comuniquen entre sí, ni que conozcan sus respectivas contestaciones.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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