Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 7

CAPÍTULO PRIMERO Derechos y principios fundamentales

ARTÍCULO 7o.

Principio de legalidad y de libertad en las formas procedimentales.

El proceso se regirá por el principio de la legalidad de la forma. El juzgador y las partes se atendrán a la ley en cuanto al tiempo, modo y lugar en que deben realizar los actos procesales para que éstos tengan lugar de manera sencilla, rápida y ordenada.

Cuando la ley no señale un procedimiento especial o una forma determinada para la realización de un acto, deberán admitirse todas aquellas formas adecuadas que tiendan a lograr los fines del mismo.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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