Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 994

TITULO PRIMERO De la ejecución forzada · CAPÍTULO QUINTO Periodo final de la ejecución forzosa

ARTÍCULO 994.

Caudal obtenido de la ejecución.

La suma o bienes obtenidos en la ejecución, se integra:

I. Con el efectivo y valores embargados.

II. Con el dinero de la enajenación inmediata de los bienes de fácil y rápido demérito o deterioro.

III. Con el producto de los bienes rematados a través de subasta o pública almoneda.

IV. Con las demás cantidades o cosas que estuvieren afectas a la ejecución forzosa.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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