Artículo 625.- En caso de que los árbitros estuvieren autorizados nombrar un tercero en discordia y no lograren ponerse de acuerdo, acudirán al juez de primera instancia. 132
Artículo 625
TITULO OCTAVO DEL JUICIO ARBITRAL
Última reforma de esta ley incorporada: 17 de julio de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.
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