Artículo 635.- El juez debe compeler a los árbitros a cumplir con sus obligaciones.
Artículo 635
TITULO OCTAVO DEL JUICIO ARBITRAL
Última reforma de esta ley incorporada: 17 de julio de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.