ARTÍCULO 817. Si las reclamaciones tuvieren por objeto impugnar simultáneamente el inventario y el avaluó respecto de un mismo bien, una misma resolución abarcará las dos oposiciones.
Artículo 817
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO IV DEL INVENTARIO Y AVALÚO
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de mayo de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
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