Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango · Durango

Artículo 972

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO VII DISPOSICIONES RELATIVAS A OTROS

ARTÍCULO 972. Todos los problemas inherentes a la familia son de orden público, por constituir aquélla la base de la integración de la sociedad; en consecuencia, en todos los asuntos de que trata este Título tendrá intervención el Ministerio Público.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de mayo de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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