Artículo 2.145.- Traen aparejada ejecución:
I. Los documentos públicos;
II. Los convenios celebrados en el curso de un juicio ante el Juez, ya sea de las partes entre sí o terceros que se hubieren obligado;
III. Los documentos privados reconocidos judicialmente o ante Notario;
IV. Los convenios aprobados y los laudos emitidos por la Procuraduría Federal del Consumidor;
V. Las sentencias ejecutoriadas.
Liquidación de obligación