Artículo 2.234.- Valuados los bienes, se anunciará su venta en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” y en el Boletín Judicial por una sola vez, así como en la tabla de avisos del Juzgado. Si los bienes estuvieren ubicados en diversos Distritos, en un Juzgado de cada uno de ellos se fijará edicto.
Segunda almoneda de remate