Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 2.283

TITULO SEXTO Procedimientos Especiales · CAPITULO II Del Divorcio por Mutuo Consentimiento

Artículo 2.283.- La sentencia que decrete el divorcio es irrecurrible, la que lo niegue es apelable con efecto suspensivo.

Anotación en el Registro Civil

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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