Artículo 4.12.- El síndico deberá otorgar garantía dentro de los siguientes diez días de aceptación del cargo.
Impedimentos para ser síndico
TITULO PRIMERO · CAPITULO I Reglas Generales
Artículo 4.12.- El síndico deberá otorgar garantía dentro de los siguientes diez días de aceptación del cargo.
Impedimentos para ser síndico
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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