Artículo 5.67.- En la misma audiencia, el juez analizará el convenio y señalará a los cónyuges los puntos que no se apeguen a derecho o que considere inequitativos, para que los corrijan.
Aprobación del convenio
TÍTULO ÚNICO DE LAS CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL · CAPÍTULO VII CAMBIO DE VÍA EN EL DIVORCIO NECESARIO
Artículo 5.67.- En la misma audiencia, el juez analizará el convenio y señalará a los cónyuges los puntos que no se apeguen a derecho o que considere inequitativos, para que los corrijan.
Aprobación del convenio
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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