Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.70

TÍTULO ÚNICO DE LAS CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL · CAPÍTULO VII CAMBIO DE VÍA EN EL DIVORCIO NECESARIO

Artículo 5.70.- La sentencia que declare la disolución del vínculo matri monial es irrecurrible. Se procederá inmediatamente a su ejecución en el mismo expediente. El juez podrá dictar las medidas necesarias para su ejecución.

Levantamiento de la suspensión de la audiencia

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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