Código Procesal Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 364) · Guerrero

Artículo 177

TITULO SEXTO SUSPENSION, INTERRUPCION Y EXTINCION DEL PROCESO · CAPITULO II EXTINCION DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 177.- Causas de extinción del juicio. El juicio se extingue:

I. Por transacción de las partes;

II. Por cumplimiento voluntario de la prestación reclamada o por haberse logrado el fin perseguido en el juicio;

III. Por confusión, o cualquier otra causa que haga desaparecer sustancialmente la materia del litigio; y

IV. Porque el actor se desista de la acción, aún sin consentimiento del demandado.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de diciembre de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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