Código Procesal Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 364) · Guerrero

Artículo 573

TITULO TERCERO JUICIOS SOBRE POSESION Y PROPIEDAD · CAPITULO I

Artículo 573.- Tramitación de los interdictos. El procedimiento en los interdictos se ajustará a lo dispuesto para el juicio ordinario, salvo las modalidades señaladas en este capítulo.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de diciembre de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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