Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 469

TITULO VII DE LOS JUICIOS SUMARIOS Y DE LA VIA DE APREMIO · CAPITULO III DEL JUICIO HIPOTECARIO

Artículo 469.- El secuestro de la finca hipotecada se regirá por las disposiciones relativas al capítulo V, del título séptimo de este código, debiendo quedar el demandado en calidad de depositario en posesión de la finca cuando habita en ella, siempre que así lo haya manifestado en los términos de los artículos anteriores.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de junio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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