Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán
Artículo 1069
TITULO DECIMO · CAPITULO III De los intestados
Artículo 1069. Durante los treinta días a que se refiere el artículo anterior, podrán presentarse todos los interesados a la herencia, acompañando los documentos con que justifiquen su parentesco y darán su voto para albacea definitivo.
(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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