Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 1332

TITULO DECIMO · CAPITULO XI Del apeo, deslinde y amojonamiento

Artículo 1332. La petición de apeo debe contener:

I. El nombre y ubicación de la finca que debe deslindarse;

II. La parte o partes en que el acto debe ejecutarse;

III. Los nombres de los colindantes que pueden tener interés en el apeo;

IV. El sitio donde están y donde deben colocarse las señales o mojoneras y, si éstas no existen, el lugar en donde estuvieron;

V. Los planos y demás documentos que vengan a servir para la diligencia, ofreciéndose información a falta de ellos y designación de un perito por parte del promovente.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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