Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 337

TITULO QUINTO Del juicio ordinario · CAPITULO I

Artículo 337. Cuando se trate de autoridades del Estado, presentado que les sea el exhorto u oficio, sin examinar la personalidad del que los presente, mandarán hacer el emplazamiento en los términos prevenidos en el artículo anterior y entregarán diligenciado el exhorto u oficio al portador de ellos.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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