Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 440

TITULO QUINTO Del juicio ordinario · CAPITULO V De la confesión

Artículo 440. Si las respuestas fueren evasivas, el juez apercibirá igualmente al que declara, de tenerlo por confeso sobre los hechos propios que contengan las posiciones a que no se diere contestación categórica y terminante. Si a pesar de ese apercibimiento, sus respuestas siguieren siendo evasivas, se le tendrá por confeso.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.