Artículo 639. Para que la ejecución tenga lugar se necesita un título que la lleve aparejada.
(REFORMADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)
TITULO SEXTO De los juicios sumarios · CAPITULO I Reglas generales
Artículo 639. Para que la ejecución tenga lugar se necesita un título que la lleve aparejada.
(REFORMADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.