Artículo 667. Cuando la acción tenga por objeto únicamente obtener el pago de rentas insolutas, el juicio se dará por terminado si en cualquier tiempo y hasta antes de la citación para sentencia, el inquilino exhibe su importe o presenta los recibos de ellas, y el actor no los objeta de falsos.
En el primer caso, se condenará en costas al inquilino y en el segundo, cada parte soportará las que hubiere erogado.
(REFORMADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)