Artículo 290.- Documento privado es el no comprendido en la enumeración expresada y que carece de los requisitos que indican los artículos anteriores.
(REFORMADO, P.O. 21 DE JULIO DE 1997)
TITULO QUINTO DE LA PRUEBA · CAPITULO IV DE LA PRUEBA INSTRUMENTAL
Artículo 290.- Documento privado es el no comprendido en la enumeración expresada y que carece de los requisitos que indican los artículos anteriores.
(REFORMADO, P.O. 21 DE JULIO DE 1997)
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.
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