Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 23

TITULO PRIMERO De las acciones y excepciones · CAPITULO I De las acciones

Artículo 23.- El tercero que, aduciendo derecho propio, intente excluir los derechos del actor y demandado, o los del primero solamente, tiene la facultad de concurrir al pleito, aun cuando ya esté dictada sentencia ejecutoria.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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