Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 232

TITULO QUINTO Actos prejudiciales · CAPITULO VI De las providencias precautorias

Artículo 232.- Si la petición de arraigo se presentare antes de entablar la demanda, además de la prueba que exige el artículo 230, el actor deberá dar una fianza a satisfacción del juez, de responder de los daños y perjuicios que se sigan si no se entabla la demanda.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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