Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 27

TITULO PRIMERO De las acciones y excepciones · CAPITULO I De las acciones

Artículo 27.- El perjudicado por falta de título legal tiene acción para exigir que el obligado le extienda el documento correspondiente.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.