Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 455

TITULO SEPTIMO De los juicios sumarios y de la vía de apremio · CAPITULO II Del juicio ejecutivo 71

Artículo 455.- El contrato de compraventa concertado bajo la condición resolutoria de la falta de pago del precio total o parcial, da lugar a la acción ejecutiva para recuperar la cosa vendida si el acreedor consigna las prestaciones recibidas del demandado con la reducción correspondiente al demérito de la cosa, calculado en el contrato o prudentemente por el juez.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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