Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 513

TITULO SEPTIMO De los juicios sumarios y de la vía de apremio · CAPITULO V De la vía de apremio

Artículo 513.- Las resoluciones que tiendan directamente a ejecutar las sentencias, serán irrecurribles. Las demás resoluciones que se dicten en esta etapa serán impugnables mediante el recurso de apelación, el cual se admitirá en efecto devolutivo.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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