Artículo 748.- Al promoverse el juicio sucesorio debe presentarse el certificado del acta de defunción del autor de la herencia, y no siendo esto posible, otro documento o prueba bastante.
Artículo 748
TITULO DÉCIMO · CAPITULO I Disposiciones generales
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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