Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 950

TITULO DÉCIMO · CAPITULO VII Disposiciones relativas a otros actos de jurisdicción voluntaria

Artículo 950.- En el acta de cada audiencia constará un resumen de lo expuesto por las partes, lo relativo a las pruebas que se hubieren recibido, las resoluciones pronunciadas en ella y todo lo que el alcalde juzgue necesario.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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